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NOVEDADES

Particularidades del Régimen MYPE Tributario

Actualizado: 18 jul 2021



Se pueden acoger a esta categoría la persona natural y jurídica, incluyendo las sucesiones indivisas de acuerdo al Art. 85° LIR.

  • El límite de ingresos netos hasta 1700 UIT anuales.

  • Sin límite de compras.

  • Los comprobantes que pueden emitir son: Facturas, Boletas de venta y los demás permitidos.

  • Declaración Jurada Anual – Renta: 10% impuesto a la renta hasta 15UIT, Mas de 15 UIT a la tasa de 29.50%

  • Pago tributos mensuales:

  • Renta: Pago a cuenta mensual

  1. Hasta 300 UIT: 1% a los ingresos netos obtenidos en el mes

  2. Más de 300 UIT hasta 1700 UIT: El que resulta mayor de aplicar a los ingresos netos del mes un coeficiente o el 1.5% (de acuerdo al Art. 85° LIR) o , IGV: 18%.

  • Sin límite de activos fijos.

  • Sin límite trabajadores.


Libros Obligados a Llevar

En este régimen se tiene la obligación de llevar:

  • Hasta 300 UIT de ingresos mensuales: Registro de ventas, registro de compras, libro diario de formato simplificado

  • Mas de 300 UIT hasta 1700 UIT de ingresos anuales, libros de acuerdo al Régimen General.



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