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NOVEDADES

Trabajadores en suspensión perfecta de labores y la gratificación

Actualizado: 9 jul 2021

Las gratificaciones se otorgan a favor de los trabajadores de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad del contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios. Es decir, tienen derecho a este beneficio los siguientes trabajadores:


  • Los trabajadores indeterminados

  • Los trabajadores con contrato a plazo determinado

  • Los trabajadores a tiempo parcial.


Las gratificaciones comprenden periodos semestrales:


  • Enero a junio: Es el periodo de calculo para la gratificación de fiestas patrias y que se pagan dentro de los primeros 15 días de julio.

  • Julio – diciembre: Es el período de cálculo para la gratificación de navidad y se paga hasta el 15 de diciembre de forma adelantada.

Requisitos


  1. Para que los trabajadores tengan derecho al pago de la gratificación por fiestas patrias, es necesario que tengan vinculo laboral vigente en la fecha que corresponde el pago del beneficio.

  2. Contar como mínimo con un mes de servicio antes del mes que corresponde la gratificación. Es por ello que si un trabajador ingreso a laborar el 11 de junio a 15 de julio; no le corresponde pago de gratificación.




Trabajadores en suspensión perfecta de labores


Los trabajadores comprendidos en suspensión perfecta de labores no tendrían derecho al pago de la gratificación basándose en el artículo 2 de decreto supremo No 005-2002- TR que a la letra dice.

El derecho a las gratificaciones ordinarias se origina siempre que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la quincena de julio o diciembre, respectivamente. Considerándose de forma excepcional como tiempo efectivamente laborado los siguientes supuestos:
A) El descanso vacacional
B) La licencia con goce de remuneraciones
C) Los descansos o licencias establecidos por las normas de seguridad social y que originan el pago de los subsidios
D) El descanso por accidente de trabajo que éste remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social
E) Aquellos que sean considerados por ley expresa como laborados para todo efecto legal

Teniendo en cuenta este artículo se pude concluir que al 15 de julio no hay labor efectiva, como es en el caso de los trabajadores en suspensión perfecta de labores, entonces no tendría derecho a percibir el pago. Pero no podemos basarnos en la literalidad de dicho reglamento, sino es importante revisar lo que nos indica la ley No 27735, que en su articulo 6° establece lo siguiente.


“Para tener derecho a la gratificación es requisito que el trabajador se encuentre laborando en la oportunidad en que corresponda percibir el beneficio o estar en uso del descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones percibiendo subsidios de la seguridad social o por accidentes de trabajo, salvo lo previsto en artículo siguiente.
En caso que el trabajador cuente con menos de seis meses, percibirá la gratificación en forma proporcional a los meses laborados, debiendo abonarse conforme al Artículo 5 de la presente Ley.”

De este último podemos interpretar que para que el trabajador tenga derecho a percibir la gratificación es que el “trabajador se encuentre laborando” frase que a mi consideración podría estar relacionado a la vigencia del vínculo laboral; más no al trabajo efectivo de labor.

Además, en aplicación del principio de causalidad de condición más beneficiosa, el numeral 3 del articulo 26 de nuestra constitución política dispone que “en la relación laboral se respetan los siguientes principios: Interpretación favorable al trabajador el caso de duda insalvable sobre el sentido de la norma.”


La conclusión que nos deja lo antes revisado es que la suspensión de trabajo efectivo de labores implica el cese de a obligación del empleador de pagar la remuneración y del trabajador de prestar sus servicios, pero esta no se altera la vigencia del vinculo laboral, por lo tanto, le corresponde percibir la gratificación. Sin embargo, esta solo podrá ser por los días efectivos de trabajo.


Nos vemos


¡Feliz día!


Pilar Goñas

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